REGULACIONES NO ARANCELARIAS
CONAMER – ANTEPROYECTO – NOM-012-CONAGUA-2021. GRIFERÍA, VÁLVULAS Y ACCESORIOS PARA INSTALACIONES HIDRÁULICAS DE AGUA POTABLE.
- La SEMARNAT comparte anteproyecto de la NOM en análisis, misma que establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los grifos, válvulas y accesorios para instalaciones hidráulicas de agua potable, determinar los métodos de prueba para verificar su cumplimiento, las especificaciones del marcado de información al público y el procedimiento para la evaluación de la conformidad.
- Aplicará a la fabricación, ensamble o importación y comercialización en México.
- Exclusiones:
- Grifos de nariz “llaves o válvulas de nariz (salida sin rosca)” ya que deben cumplir con la NOM-001-CONAGUA-2011.
- Válvulas de admisión y de descarga para inodoro sanitario.
- Válvulas de tipo industrial – agua no esté destinada al consumo humano.
- Dispositivos eléctricos, electrónicos o módulos de control que acompañen a los grifos, válvulas y accesorios, los cuales deberán ser evaluados con la NOM-001-SCFI2018 o NOM-003-SCFI-2014.
- Regaderas empleadas en el aseo corporal, las cuales deberán ser evaluadas con la NOM-008-CONAGUA-1998.
- Etiquetado
- En el etiquetado deben proporcionar a los usuarios la información sobre el consumo máximo de agua.
- Deben proporcionar a los usuarios información que permita identificar plenamente el producto.
- El fabricante o importador debe proporcionar un instructivo para su correcta instalación en idioma español y póliza de garantía.
- La etiqueta podrá venir adherida o impresa en el empaque del producto en un lugar visible y en idioma español.
- Evaluación de la conformidad – Al respecto, se les invita a leer la Circular G-0306/2023 de CAAAREM y el propio texto de la NOM para conocer el mecanismo, procedimiento, requisitos y vigencias para la evaluación de la conformidad que resultarán aplicables a esta Norma.
- La presente NOM prevé entrar en vigor a los 365 días naturales posteriores a su publicación en el DOF.
- Cabe señalar que se trata de un anteproyecto que debe ser publicado en el DOF para que entre en vigor, lo cual aún no ha ocurrido.
- Liga del anteproyecto: CONAMER – Sistema de Mejora Regulatoria (cofemersimir.gob.mx)
Se adjunta circular CAAAREM junto con sus anexos y anteproyecto en comento, para pronta y mejor referencia.
INTERÉS GENERAL.
DRAWBACK
Por medio del portal SNICE, se da a conocer la infografía referente al programa de fomento “DRAWBACK” misma que se adjunta para pronta y mejor referencia, esperando esta información les sea de utilidad en el desarrollo de sus actividades.
ESTÍMULOS FISCALES.
IEPS – ENAJENACIÓN DE COMBUSTIBLES.
Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 02 al 08 de diciembre de 2023, como sigue:
Combustibles automotrices:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 0.00% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
0.00% |
Diésel | 3.46% |
Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.2254 |
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $5.9195 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$4.9987 |
Diésel | $6.2801 |
Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 02 al 08 de diciembre de 2023, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 02 al 08 de diciembre de 2023, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
Entrada en vigor: 02 de diciembre de 2023.
ADJUNTOS
Miguel Llanos
Consultor
miguel.llanos@radarholding.com