BOLETÍN LEGAL 13.08.2024

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

RESOLUCIÓN Final antidumping importación varillas de acero roscadas de China.

 

Producto Varillas de acero roscadas al bajo, medio carbón o aleado sin templar, de diámetro igual o superior a 6.4 mm (¼ pulgada), pero inferior a 38.1 mm (1 ½ pulgada), y longitud igual o superior a 152.4 mm (6 pulgadas).
Tipo de Resolución Resolución final.
Fracciones arancelarias 7318.15.99 y 7318.19.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen China independientemente del país de procedencia.
Resolución Se imponen cuotas compensatorias definitivas.
Cuota Compensatoria a. 8.02% para las importaciones provenientes de Chinafar;

b. 17% para las importaciones provenientes de Haiyan, Lianyungang, Longyu y Zhejiang, y

c. 91.22% para las demás empresas exportadoras

Entrada en vigor 14 de agosto de 2024.

Se comparte publicación para pronta referencia.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Solicitud de trámites MCRS ” Medicamentos que sean o contengan Estupefacientes o Psicotrópicos”.

A través de la circular G-0195/2024 de CAAAREM, se comparte que la COFEPRIS, dio a conocer el procedimiento para ingresar solicitudes de diversos trámites de Modificaciones a las Condiciones de Registros Sanitarios (MCRS) de “Medicamentos que sean o contengan Estupefacientes o Psicotrópicos”, a través de la Ventanilla de Resolución Inmediata (VRI), los cuales, son:

 

  • Cambio o actualización de la Unidad de Farmacovigilancia (UFM).
  • Cambio o actualización de la razón social o domicilio del titular del registro.
  • Cambio o actualización de la razón social y/o actualización del domicilio fabricante que realiza los subprocesos al fármaco.
  • Cambio o actualización de la razón social y/o actualización del domicilio del fabricante del medicamento.
  • Cambio o actualización de la razón social y/o actualización del domicilio del fabricante diluyente.
  • Cambio o actualización de la razón social y/o actualización del domicilio del acondicionador.
  • Cambio o actualización de razón social y/o domicilio del representante legal del importador de medicamentos (sin cambio de almacén y distribuidor).

Para tal efecto, la COFEPRIS pone a disposición el enlace de su plataforma “EducaPriS” para ver el video orientativo relativo a dichos trámites: https://www.youtube.com/watch?v=S43Ppbn77io

Se comparte Circular de CAAAREM para pronta referencia.

 

Adjuntos:

 BOLETÍN LEGAL 13.08.2024


Rocío León

Consultor

rocio.leon@radarholding.com

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