BOLETÍN LEGAL 28.08.2024

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

MODIFICACIÓN ANEXO 2.4.1. – REGLAS Y CRITERIOS DE LA SE.

Como se adelantó mediante el Boletín del pasado 31 de julio, esta mañana la Secretaría de Economía ha dado a conocer a través del DOF el Acuerdo de modificación respecto de Normas Oficiales Mexicanas, por medio del cual se actualizan diversas normas e incorporando otras a las Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior que son emitidas por dicha autoridad.

Se reforman:

Regla 2.4.8

  • Se actualiza el listado de fracciones del numeral 3, relacionada con las alternativas que el importador tiene para comprobar el cumplimiento de las NOM de información comercial.
  • En lo concerniente al quinto párrafo de la citada regla, se complementa el texto haciendo la precisión “respecto de tres o más omisiones” para los casos en los que las unidades de verificación o inspección no lleven a cabo las notificaciones en el tiempo previsto.

Anexo 2.4.1

  • Numerales 1 y 3, se agregan acotaciones de excepción para mercancía ubicada dentro de las fracciones I y IX de los numerales en comento.

Las modificaciones relativas al cumplimiento de la NOM-116-SCFI-2018 y la NOM-116- STPS-2009 entran en vigor a los 15 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF.

Las modificaciones relativas al cumplimiento de las NOM-225-SCFI-2019, NOM-003- ENER-2021, NOM-012-ENER-2019 y NOM-140-SCFI-2017 entran en vigor a los 30 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF.

Las modificaciones relativas al cumplimiento de la NOM-027-ENER/SCFI-2018, entran en vigor a los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF

En relación con los certificados de la NOM-086/1-SCFI-2011 LLANTAS NUEVAS PARA CAMION (cancelada) que se hayan emitido previo a la entrada en vigor de la NOM-086/1-SCFI-2011continuarán vigentes hasta su término.

Entrada en vigor: 29 de agosto de 2024.

Se comparte el Acuerdo para su consulta.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE CLAVOS DE ACERO PARA CONCRETO, ORIGEN CHINA.

 

Producto Clavos de acero para concreto
Tipo de Resolución Resolución final
Fracciones arancelarias 7317.00.99 de la TIGIE, o por cualquier otra
Origen China
Cuota compensatoria Definitiva del 31%
Entrada en vigor 29 de agosto de 2024

 Se comparte el Resolución para su consulta.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE MICROALAMBRA PARA SOLDAR, ORIGEN CHINA.

 

Producto Microalambre para soldar
Tipo de Resolución Resolución final
Fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, o por cualquier otra
Origen China
Resolución Cuota Compensatoria del 18.97%
Vigencia Cinco años más contados a partir del 06 de octubre de 2023
Entrada en vigor 29 de agosto de 2024

Se comparte el Resolución para su consulta.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE FERROMANGANESO, ORIGEN CHINA.

 

Producto Ferromanganeso
Tipo de Resolución Resolución final
Fracciones arancelarias 7202.11.01 y 9802.00.13 de la TIGIE, o por cualquier otra
Origen China
Resolución Cuota Compensatoria del 21%
Vigencia Cinco años más contados a partir del 26 de septiembre de 2023
Entrada en vigor 29 de agosto de 2024

 Se comparte el Resolución para su consulta.

 

Adjuntos

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Edson Martínez

Coordinador Gestoría

edson.martinez@radarholding.com

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