BOLETÍN LEGAL 21.10.2024

 

 

 

Comunicado INDEX. SAT aclara inquietudes sobre modificaciones a las RGCE

 

El pasado 17 de octubre, el Consejo Nacional INDEX, se reunió con los Administradores Generales de Auditoria de Comercio Exterior, Jurídica y de Grandes Contribuyentes, y el Administrador Central de Certificación de Asuntos Internacionales de la AGACE, con el propósito de revisar algunas inquietudes derivado de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE, publicadas el pasado 14 de octubre, autoridad que aclaró lo siguiente:

 

Anexo 24 apartado C.

 

  1. El Anexo 24 apartado C, únicamente deberá ser cumplido por las empresas IMMEX o IMMEX OEA, que cuenten con la autorización en el Esquema Integral de Certificación, es decir, no resulta aplicable a las empresas modalidad OEA-SECIIT o empresas no sean IMMEX.
  2. La obligación de proporcionar usuario y contraseña de acceso al Anexo 24 aparatado C, solo deberá ser con privilegios de visualización a los catálogos módulos y reportes, lo cual deberá ser mediante escrito libre a más tardar el próximo 15 de noviembre 2024.
  3. Dicho acceso solo será al sistema de control de inventarios del Anexo 24, y no al Sistema Corporativo o ERP de las empresas, ya que las conexiones entre ambos sistemas aún no son obligatorias.
  4. Las empresas que por su naturaleza cuenten con más de una base de datos deberán dar acceso a cada base indicando los pormenores de acceso en el citado escrito.
  5. El hecho de que la autoridad tenga acceso a la información del Anexo 24 y realicen monitoreo, no constituye actos de fiscalización ni facultades de comprobación.

 

Porcentaje de retornos.

 

  • El incremento del 80% de retornos únicamente es para las mercancías sensibles del anexo II del Decreto IMMEX y anexo 28 de las RGCE.

 

Mercancías sensibles.

 

  •  Se recomienda a las empresas IMMEX actualizar sus procesos productivos para reflejar las modificaciones que en su caso tuvieran a las líneas de producción y las mercancías sensibles que importan de manera temporal.
  • El aviso a que se refiere la ficha de tramite 154/LA, debe presentarse con al menos 30 días de anticipación, a aquél en que se pretenda efectuar la primera importación de mercancías sensibles no incluidas en los avisos previos.

 

Facilitación.

 

  • La eliminación de los Avisos de cambio de razón social o domicilio fiscal, tienen como finalidad eliminar el retrabajo y cargas innecesarias para los contribuyentes.

 

Finalmente, la autoridad precisó que las modificaciones que realizó fueron para tener un mejor control y segregación de las empresas que cumplen de aquellas que por diversas razones se encuentran en estado de incumplimiento o han abusado del esquema, previniendo de esta forma actos de molestia para las empresas que presentan altos niveles de compromiso con el cumplimiento permanente de sus obligaciones.

 

Se anexa el comunicado del INDEX.

 

 

 

 

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Miguel Llanos

Consultor

milguel.llanos@radarholding.com

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