BOLETÍN ESPECIAL 08.01.2024 || “SENER: ACLARACIÓN SOBRE PRÓRROGA AL PLAZO DE LA AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA IMPORTAR PETROLÍFEROS”.”.

SENER: Aclaración sobre la prórroga al plazo de la autorización temporal para importar petrolíferos e hidrocarburos.

 Se informa que la SENER otorgó prórroga de 16 días naturales al plazo de las autorizaciones temporales de importación de petrolíferos e hidrocarburo, extendiendo por lo tanto al que originalmente se tuvo en el oficio de autorización temporal de cada importador, es decir, a la fecha en la que se tenga por concluido el periodo de los 60 días naturales que se otorgó en cada una de las autorizaciones, se deberá de sumar la prórroga que estableció derivado del período vacacional que comprendió del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, días en los que no dictaminó las autorizaciones de los permisos previos de importación, lo anterior siempre que no hubieran agotado la importación de la totalidad de las cantidades que autorizó temporalmente la SENER.

 

Lo anterior ha sido verificado con nuestras confederaciones de agentes aduanales, adjuntando al presente Circular G0004/2024 de la CAAAREM. Por sugerencia de la SENER, las solicitudes de permiso previo de importación se deberán realizar preferentemente en un plazo de 12 días hábiles previos a que concluya la vigencia de su autorización temporal (considerando los 16 días naturales).

 

Se requerirá que, en los despachos aduaneros de las mercancías sujetas a la regulación antes referida, se realicen las justificaciones que correspondan ante las Aduanas.

 

 BOLETÍN ESPECIAL – ACLARACIÓN PRÓRROGA SENER


 

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