BOLETÍN LEGAL 01.07.2024

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Examen de vigencia cuota compensatoria poliéster fibra corta – China.

 

Producto PFC con un rango mayor a 1 denier (densidad lineal de masa de fibras) y menor o igual a 3.2 denier y una tenacidad menor a 6.9 gramos por denier; excluyendo la fibra teñida de algún color (incluyendo el negro) y la que sea de baja fusión (low melt) o siliconizada. Dicha mercancía es conocida genérica y comercialmente como fibra corta de polietileno tereftalato, fibra discontinua de poliéster o polyester staple fiber, mientras que su nombre técnico es fibra de tereftalato de polietileno o polietilen tereftalato, que se conoce como de poliéster o PET (por las siglas en inglés de Polyethylene Terephthalate).
Tipo de Resolución Inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de cuotas compensatorias.
Fracciones arancelarias 5503.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Origen China, independientemente del país de procedencia.
Periodo de examen 1 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024.
Periodo de análisis 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2024.
Resolución Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia. La cuota compensatoria definitiva a la que se refiere el punto 1 de la Resolución continuará vigente:

 

  • $0.46 dólares de los Estados Unidos de América, en adelante dólares, por kilogramo.

 

Los productores nacionales, importadores, o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de veintiocho días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario de examen de vigencia de cuotas compensatorias establecido en la resolución en comento, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.

Entrada en vigor 02 de julio de 2024.

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

Decisión 119 Comisión administradora TLC México-Colombia

 

En relación con el Boletín RADAR del 17 de junio de 2024, hoy se tiene por publicada en el DOF, la Decisión 119 Comisión administradora TLC México-Colombia, por medio de la cual se establece una prórroga para que la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido, puedan recibir el trato arancelario preferencial previsto en el Tratado.

 

Entrada en vigor: 1° de julio de 2024.

Para mayor referencia, se adjunta publicación en comento.

 

 BOLETÍN LEGAL 01.07.2024

SIN PUBLICACIONES

 


Felipe Galindo

Consultor

felipe.galindo@radarholding.com

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