Adjuntos
INTERÉS GENERAL
CBP – RESTRICCIÓN IMPORTACIONES HACIA EE. UU. DE EMPRESAS CHINAS.
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (CBP por sus siglas en inglés), emite un comunicado relativo a la restricción de importaciones de mercancías chinas a territorio estadounidense, con base en las leyes de ese país relacionadas con la Prevención del Trabajo Forzoso.
El CBP invita a tener cuidado razonable para garantizar que no se obtengan productos, componentes, ingredientes u otros bienes con origen en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR), China, por lo que se les invita encarecidamente a revisar sus cadenas de valor para identificar si existe algún elemento de alerta en sus operaciones.
En atención a lo anterior, a partir del 03 de octubre, el CBP prohíbe el ingreso a EE. UU., además de lo de la región XUAR, de mercancía provenientes de dos empresas chinas:
- Baowu Group Xinjiang Bayi Iron and Steel Co., Ltd. – Acero.
- Changzhou Guanghui Food Ingredients Co., Ltd. – Edulcorantes artificiales y aditivos alimentarios.
No se omite señalar que, con base en el Acuerdo que sujeta mercancías a regulación a cargo de la STPS publicada en el DOF el 17 de febrero de 2023, dicha dependencia mexicana puede adoptar resoluciones de autoridades extranjeras con motivo de las obligaciones asociadas los compromisos establecidos en el T-MEC.
Para obtener más información sobre estas prohibiciones del CBP de EE. UU., puede visitar la siguiente liga: Homeland Security (disponible sólo en inglés).
Se comparte la Circular G-0263/2024 de CAAAREM para mayor abundamiento en el tema.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
AVÍCOLA – SE LEVANTAN RESTRICCIONES DE IMPORTACIÓN (COLORADO, EUA).
La Dirección General de Salud Animal del SENASICA ha levantado las restricciones de importación y por lo tanto ha modificado las hojas de requisitos zoosanitarios (HRZ) para las mercancías provenientes de Colorado, EE. UU.; en seguimiento a los brotes de influenza aviar de alta patogenicidad.
Para mayor referencia, se comparte Circular CLAA No.074 y Oficio B00.03.01.01.-2255-2024 de SENASICA.
INTERÉS GENERAL
4ª ANTICIPADA DE LA 2ª MODIFICATORIA A LA RMF.
El SAT da a conocer la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, Cuarta versión anticipada, así como modificaciones a sus Anexos 1 (Formas oficiales fiscales) y 1-A (Trámites fiscales) con impacto en puntos de interés general, sin mayor relevancia en operaciones de comercio exterior.
Esta modificación está pendiente de publicación en el DOF, no obstante, se da a conocer en los términos establecidos en la regla 1.8 RMF, en tanto que, si lo publicado se establece a favor de los contribuyentes, lo modificado puede ser utilizado para sus trámites.
Se comparten documentos publicados por la autoridad, así como Circular informativa No.075 de CLAA, para mejor referencia.
ESTÍMULOS FISCALES
IEPS – ENAJENACIÓN DE COMBUSTIBLES.
Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 05 al 11 de octubre de 2024, como sigue:
Combustibles automotrices:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 0.00% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
0.00% |
Diésel | 0.00% |
Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $6.1752 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$5.2146 |
Diésel | $6.7865 |
Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 05 al 11 de octubre de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 05 al 11 de octubre de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
Entrada en vigor de estos Acuerdos: 5 de octubre de 2024.
Eder Aguilar
Coordinador Legal Aduanas
eder.aguilar@radarholding.com