NORMATIVIDAD
1ª Versión anticipada de la 6ta RMRGCE para 2023. Modificaciones a las RGCE para 2023 y sus Anexos 1 y 5 (Beneficios de empresas OEA).
Se modifica la Regla 7.3.3. fracción XIII, incisos a) y b) y fracción XVIII de las RGCE para 2023, referente a los beneficios de las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (OEA).
El inciso a) de la citada regla, señala el procedimiento para la transferencia virtual de mercancías, en el cual se adiciona el formato E15 “Manifestación de voluntad para asumir la responsabilidad solidaria en términos de la regla 7.3.3., fracción XIII” del Anexo 1, que deberán presentar a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT las empresas que transfieren mercancías importadas temporalmente, mediante el cual asumirá la responsabilidad solidaria respecto al cumplimiento de obligaciones fiscales que deriven de la enajenación realizada por el residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país; así como anexar el acuse correspondiente al pedimento que ampare el retorno de las mercancías al extranjero o, en los caso de que las mismas se destinen a otro régimen aduanero, o no se retornen en los plazos previstos.
La presentación del formato “E15” a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT, aplica también para las empresas que transfieren mercancías a empresas residentes en territorio nacional que cuenten con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS y/o modalidad de Operador Económico Autorizado, y que tramiten pedimentos consolidados.
Así lo da a conocer el SAT a través de su portal web, en la 1ª Versión anticipada de la 6ta RMRGCE para 2023.
Se contempla que la modificación a la regla 7.3.3., fracción XIII, así como la adición del formato “E15” entre en vigor 1 de enero de 2024, sin embargo, deberá publicarse en el DOF, lo cual aún no ocurre.
NORMATIVIDAD
9a. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexo 1-A.
El Servicio de Administración Tributaria a través del DOF, esta mañana da a conocer las modificaciones a diversas Reglas, así como al Anexo 1-A, relacionados a diversos trámites de índole fiscal.
Entrada en vigor: 06 de diciembre de 2023.
ADJUNTOS
Rocío León
Consultor
rocio.leon@radarholding.com