SAT
NORMATIVIDAD
1ª ANTICIPADA DE LA 2ª MODIFICATORIA A LAS RGCE 2024 (RMRGCE)
Se da a conocer en Portal SAT la versión anticipada de la segunda modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024 (RGCE24), así como a sus Anexos 1, 2, 5 y 24, no omitiendo señalar que esta modificación está pendiente de ser publicada en el DOF.
Al respecto, consideramos relevante destacar los siguientes cambios en dicha normativa:
- Importación de mercancía donada (RGCE 3.3.6). Ahora el trámite es a través de VUCEM.
- Empresas de mensajería y paquetería (RGCE 3.1.1, 3.7.3, 3.7.4, 3.7.5, 3.7.34).
- La DGJA publicará en el portal de la ANAM la denominación o razón social de las empresas de mensajería y paquetería.
- Dichas empresas tienen la obligación de transmitir a la DGIA, una relación de los pedimentos tramitados en el mes de calendario inmediato anterior ya no es exclusiva del tráfico aéreo, ya es para todos los tráficos.
- i) Procedimiento simplificado de las empresas de Mensajería y paquetería.
- Cuando el valor en aduana de las mercancías no exceda de 2,500 dólares:
- Se deberán declarar el RFC de la paquetería, ya que se eliminó el genérico para estas empresas.
- Deberán declarar en el campo de observaciones a nivel partida Nombre, denominación y razón social del importador, así como sí está obligado a inscribirse al RFC, se deberá declarar el identificador del apéndice 8 del anexo 22. (aún no se tiene).
- Cuando el valor en aduana de las mercancías excede de 2,500 dólares:
- Se deberán declarar el RFC de la paquetería, ya que se eliminó el genérico para estas empresas.
- No se podrá importar mercancía:
- que señale valor 0 (cero).
- que no indique descripción o esta sea genérica (“artículos diversos”, “artículos varios”, “regalo”, “obsequio”, “cortesía”) o que no permita la identificación de la mercancía.
- ii) Este proceso simplificado solo lo podrán realizar mediante el tráfico aéreo y terrestre.
- iii) Causales de cancelación del registro de las empresas de Mensajería y paquetería.
-
- Las empresas que se encuentren listados en la publicación del portal del SAT a que se refiere los artículos 69 (excepto fracción VI), 69-B cuarto párrafo y 69-BIS noveno párrafo del CFF.
- No cuente con los sellos digitales vigentes.
- No se encuentre localizado en su domicilio fiscal.
- Las empresas de mensajería y paquetería a las cuales se les hubiese cancelado el registro podrán realizar uno nuevo después de tres años.
Certificación en materia de IVA e IEPS.
Requisitos generales para la obtención del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas A, AA, AAA y Comercializadora e Importadora u OEA (RGCE 4.8.13, 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3):
- Tener al personal que realiza el proceso productivo o prestador de servicios registrado ante el IMSS.
- Cumplir con el pago de las cuotas obrero-patronales.
- Cumplir con lo establecido en el artículo 27 fracción V tercer párrafo de la Ley del ISR (pago de salarios de los trabajadores con los que le hayan proporcionado el servicio o ejecutado la obra correspondiente).
- No se encuentren listados en las publicaciones del portal del SAT a que se refiere los artículos 69 (excepto fracción VI), 69-B cuarto párrafo y 69-BIS noveno párrafo del CFF.
Se modifican las siguientes reglas en lo especifico por lo que les invitamos a consultarlas directamente en caso de requerir mayor abundamiento:
- 7.1.4 – Requisitos que deberán acreditar los interesados en obtener la modalidad de Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado.
- 7.1.5. – Requisitos que deberán cumplir los interesados en obtener la modalidad de Socio Comercial Certificado.
- 7.1.6. – Plazos para la emisión de Resoluciones del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas y vigencia del Registro.
- 7.1 8. – Acreditación de requisitos para empresas que hayan operado a través de una empresa con Programa IMMEX, en la modalidad de albergue.
- 7.2.1. – Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
- 7.2.2. – Causales de requerimiento para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
- 7.2.3. – Renovaciones para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
- 7.2.4. – Causales de cancelación y suspensión del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en las modalidades de IVA e IEPS y Socio Comercial Certificado.
- Respecto a Garantía del IVA/IEPS mediante fianza o carta de crédito, se modificaron las siguientes RGCE: 7.4.1, 7.4.2, 7.4.4, 7.4.5, 7.4.6, 7.4.7, 7.4.8, 7.4.9, 7.4.10, 7.4.11,
- Y para el Registro de Despacho de Emergencias, se modificaron las siguientes: 7.5.1,7.5.2, 7.5.3, 7.5.4, 7.5.5.
De igual manera, se modificaron los Anexos:
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- Anexo 1 – Formatos y modelos de comercio exterior – DODA. Se deberá declarar el folio fiscal del CFDI con Complemento Carta Porte.
- Anexo 2 – Trámites de comercio exterior, para homologar los cambios en solicitudes para certificaciones.
- Anexo 5 – Criterios Normativos, destacando el relacionado con Importación de azúcar. Mezclas de azúcar con carbón activado o con sustancias análogas o similares, y
- Anexo 24, apartado C. (Información mínima del sistema automatizado de control de inventarios). – Señalando obligación de dar acceso electrónico en tiempo real con usuario y contraseña para la autoridad (ver nota al final respecto de IMMEX by Bend de RADAR).
RADAR reitera su compromiso de mantener permanente contacto con las autoridades a través de sus Confederaciones, para poder analizar con mayor profundidad estos cambios para darles a conocer cualquier aspecto de trascendencia a la brevedad posible si fuera necesario, permitiéndonos compartir la Circular G-0266/2024 de CAAAREM para pronta referencia y mayor abundamiento.
No se omite señalar que el sistema IMMEX by Bend, con el que cuenta RADAR, ya se encuentra listo para aplicar los cambios relacionados con el control de inventarios en términos del Anexo 24, apartado C, por lo que le sugerimos tener acercamiento con el equipo IMMEX-RADAR para poder dar cumplimiento en términos de lo señalado en la regla 1.1.2. RGCE.
Finalmente, les invitamos a contactar al equipo de Consultoría RADAR, quienes se encuentran preparados para poder brindarles apoyo y asesoría en el debido cumplimiento de obligaciones de comercio exterior relacionadas con esta publicación y otros rubros más. Puede solicitar información al correo consultoria@radarholding.com
Se comparte publicación y sus anexos en archivos adjuntos, para pronta y mejor referencia.
SAT
INTERÉS GENERAL.
SAT anuncia refuerzo de vigilancia para combatir prácticas abusivas en materia de comercio exterior e impuestos internos
Esta publicación está relacionada con el boletín emitido ayer por el SAT, en el que informó que emitió modificaciones a la normatividad para fortalecer el combate a prácticas abusivas y que, a partir de este mes, pondrá en marcha nuevos programas de auditoría y revisión para detectar y sancionar prácticas de contrabando, evasión y elusión fiscal.
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Adjuntos:
Mariana Flores
Legal Aduanas
mariana.flores@radarholding.com