BOLETÍN LEGAL 13.12.2023

NORMATIVIDAD

Acuerdo por el que se da a conocer el segundo periodo vacacional 2023 para la ANAM.

 

  1. La ANAM informa que su segundo periodo vacacional comprenderá del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024. En dicho periodo no se computarán plazos y términos en los actos, trámites y procedimientos que sustancie esta Agencia.
  2. Entrada en vigor: 13 de diciembre de 2023.

Se adjunta dicho Acuerdo, para pronta referencia.

 

NORMATIVIDAD

Acuerdo por el que se hace del conocimiento los días que serán considerados inhábiles para la SEMARNAT.

1.Esta dependencia informa que su segundo periodo vacacional comprenderá del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024. En dicho periodo no se computarán plazos y términos en los actos, trámites y procedimientos que sustancie esta Agencia.

2.Asimismo, para el 2024 serán inhábiles:

5 de febrero;

18 de marzo, en conmemoración del 21 de marzo;

28 y 29 de marzo, y

1° de mayo.

3.Entrada en vigor: 13 de diciembre de 2023.

Se adjunta dicho Acuerdo, para pronta referencia.

 

NORMATIVIDAD

Acuerdo por el que se hace del conocimiento los días que serán considerados inhábiles para la SADER.

  1. Esta dependencia informa que su segundo periodo vacacional comprenderá del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024. En dicho periodo no se computarán plazos y términos en los actos, trámites y procedimientos que sustancie esta Agencia.
  2. Entrada en vigor: 13 de diciembre de 2023.

Se adjunta dicho Acuerdo, para pronta referencia.

 

NORMATIVIDAD

Aviso de Terminación de la revisión en panel binacional TLCAN  sobre las Importaciones de Acero Estructural procedentes de México.

  1. Esta publicación esta relacionado con la revisión USA-MEX-2020-1904-04, y tiene el propósito de dar a conocer que los panelistas concluyeron su labor y quedaron liberados de su encargo a partir del día 28 de septiembre de 2023.

Se adjunta dicho Aviso, para pronta referencia.

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Se levantan las restricciones a la importación de aves y productos para diversas localidades de Canadá.

  1. A través del oficio B00.03.01.01.-3262-2023, SENASICA informa que levanta la restricción a las importaciones de aves y mercancía procedente de Norfolk, Ontario y Midlesex Centro, en Canadá.
  2. En virtud de lo anterior, se han ajustado las hojas de requisitos zoosanitarios.

Se adjunta dicho oficio, así como la circular T-0137/2023 de nuestra Confederación CAAAREM, para pronta referencia.

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS

Se ajustan las hojas de requisitos zoosanitarios para la importación de aves y productos de diversas localidades de Estados Unidos de América.

1.A través del oficio B00.03.01.01.-3259-2023, SENASICA informa que levanta la restricción a las importaciones de aves y mercancía procedente de EUA, en virtud de un brote de influenza aviar de alta patogenicidad.

2.Las localidades afectadas son:

Todo el estado de Wisconsin.

Los condados de Otter Tail, Minnesota; Brule y Yankton, Dakota del Sur; Dickey y Emmons, Dakota del Norte; Sioux, Iowa.

3.En virtud de lo anterior, se han ajustado las hojas de requisitos zoosanitarios.

Se adjunta dicho documento, así como la circular T-0136/2023 de nuestra Confederación CAAAREM, para pronta referencia.

 

Adjuntos

 BOLETÍN LEGAL 13.12.2023


David Ramírez

Legal Aduanas

david.ramirez@radarholding.com

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