BOLETÍN LEGAL 18.06.2024 NUEVA VERSIÓN 3.1 – COMPLEMENTO CARTA PORTE

 

INTERÉS GENERAL.

 NUEVA VERSIÓN 3.1 – COMPLEMENTO CARTA PORTE

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su minisitio publicó el día de ayer 17 de junio de 2024 la Nueva versión 3.1 del Complemento Carta Porte, la cual entra en vigor el próximo 17 de julio de 2024.

Algunos de los cambios más relevantes son los siguientes:

  1. Se actualiza la referencia de la norma NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023 “Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)”, la cual está vigente a partir del 16 de febrero de 2024, por lo que, el catálogo de “materiales peligrosos”, se incluyeron 60 claves de productos nuevos.
  2. Se crea el nodo de “Regímenes Aduaneros”, antes era un atributo del nodo “CARTA PORTE”
  3. El atributo “fracción arancelaria” ya no es obligatorio cuando en el atributo “CartaPorte:TranspInternac” se registre “Sí”, en las operaciones de comercio exterior, ahora es opcional.

 

Preguntas frecuentes:

  1. Se hace la precisión en la pregunta 6 que el folio atributo “IdCCP”, no se debe transmitir en el Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA).
  2. Se informa en la pregunta 42 que al tratarse de operaciones de comercio exterior que se encuentren relacionadas con pedimentos consolidados, se deberá emitir CFDI de tipo ingreso o traslado con el CCP, en el cual se registre “Sí” en el atributo “TranspInternac” y posteriormente se deben registrar los campos “EntradaSalidaMerc”, “PaisOrigenDestino”, “ViaEntradaSalida”, “TipoMateria” y el nodo “RegimenesAduaneros”, precisando que la fracción arancelaria, es opcional capturarla.

Así mismo, se modificaron los instructivos de llenado y los catálogos del complemento, en los cuales se puede observar que los catálogos “Sector COFEPRIS”, “Forma Farmacéutica” y “Condiciones especiales del Transporte”, aun se indica “por definir” la entrada en vigor de dichos catálogos.

 

Por lo anterior, en RADAR les recomendamos que se aseguren que los transportistas contratados y sus proveedores de emisión de facturas conozcan esta información, con la finalidad de que estén preparados para esta nueva versión del complemento carta porte 3.1, que inicia vigencia el próximo 17 de julio de 2024.

Compartimos la liga para su consulta: http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm

 

REGULACIONES NO ARANCELARIAS.

AJUSTE EN LAS HRZ PARA LA IMPORTACIÓN DE AVES Y PRODUCTOS AVÍCOLAS.

 

La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria de SENASICA, comunica que, derivado del brote de influenza aviar de alta patogenicidad en el Estado Iowa en los EUA, ha determinado limitar al Condado de Cherokee las restricciones impuestas a la importación de aves y mercancía avícola, por lo que se ajustó la leyenda en las combinaciones de las hojas requisitos zoosanitarios.

Para mayor referencia, se comparte Circular T-0100/2024 de CAAAREM y Oficio: B00.03.01.01.-1337-2024 de SENASICA.

 

Adjuntos:

 BOLETÍN LEGAL 18.06.2024

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Miguel Llanos

Consultor

miguel.llanos@radarholding.com

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