BOLETÍN LEGAL 21.05.2024

INFORMACIÓN GENERAL

MANUAL DE USUARIO – AVISO DE IMPORTACIÓN EN DIVERSOS MOMENTOS DE MERCANCÍAS DESMONTADAS O SIN MONTAR.

La Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), da a conocer a través del portal de VUCEM, el manual de usuario del AVISO DE IMPORTACIÓN EN DIVERSOS MOMENTOS DE MERCANCÍAS DESMONTADAS O SIN MONTAR” para la transmisión del aviso mencionado a través de dicho portal, el cual aplica cuando:

  • Se importen mercancías desmontada o sin montar todavía, incluso cuando esta no se encuentre completa o sin terminar, pero ya presente las características esenciales de artículo completo o terminado y se clasifiquen en la fracción arancelaria que le corresponde al artículo completo o terminado.
  • Se presenten al despacho aduanero en diversos momentos y por diferentes aduanas.
  • Cuando se efectúen más de dos importaciones al mes.

Previo al despacho, se deberá transmitir a través de la VUCEM, con cinco días previos a la primera importación.

Posterior al despacho y una vez montada la mercancía importada, se deberá transmitir un aviso, cuando menos con cinco días de anticipación al inicio de su utilización.

Los avisos se presentan conforme a lo dispuesto en la Regla 3.1.26 de las RGCE vigentes, cumpliendo con los requisitos contenidos en la ficha de trámite 147/LA “Aviso para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar”, contenida en el Anexo 2 de las mismas reglas.

Recordemos que el aviso se presentaba a través de un escrito libre ante la AGACE, lo cual ya no es aplicable a partir del 01 de enero del presente año.

Es importante considerar que no será necesario transmitir el aviso de referencia cuando se lleve a cabo la importación de las mercancías montadas o sin montar mediante un solo pedimento y en una misma operación o con Pedimento Parte II, siempre que se trate de una máquina desmontada o sin montar todavía o una línea de producción completa o construcciones prefabricadas desensamblada.

Se anexa ficha de trámite y manual de usuario para pronta referencia.

 

 

INFORMACIÓN GENERAL

MANUAL DE USUARIO – AVISO DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DEL ARTÍCULO 106, FRACCIÓN II, INCISO A) DE LA LEY ADUANERA.

La Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), da a conocer a través del portal de VUCEM, el manual de usuario del AVISO DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DEL ARTÍCULO 106, FRACCIÓN II, INCISO A) DE LA LEY ADUANERA” para la transmisión del aviso mencionado a través de dicho portal, el cual aplica cuando:

  • Se importen mercancías bajo el régimen de importación temporal para permanecer en el país hasta por seis meses y con una finalidad específica, y retornen al extranjero en el mismo estado en el que fueron importadas.
  • La importación sea realizada por un residente en el extranjero siempre que sean utilizados directamente por ellos o por personas con las que tengan relación laboral.

El aviso se presenta por el residente en el extranjero y se deberá cumplir con lo dispuesto en la Regla 4.2.2 de las RGCE vigentes, y los requisitos contenidos en la ficha de trámite 150/LA “Aviso de importación temporal de mercancías que realicen los residentes en el extranjero”, contenida en el Anexo 2, de las mismas reglas.

Recordemos que el aviso se presentaba a través de un escrito libre ante la AGACE, lo cual ya no es aplicable a partir del 01 de enero del presente año.

Se anexa ficha de trámite y manual de usuario para pronta referencia.

 

ANEXOS:

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Rocío León

Consultor

rocio.leon@radarholding.com

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