REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
SE DEJA SIN EFECTOS EL OFICIO No. 414.2020.1956
La Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, mediante el Oficio No. 516.2024.2386, informa que se deja sin efectos el oficio citado al rubro, relacionado con la suspensión de la emisión de certificados de origen para exportaciones a Brasil para autopartes que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en dicho país.
Derivado de la revisión del Acuerdo de Complementación Económica No.55, en el que se concluyó que no existía impedimento para la emisión de certificados de origen que tengan como fin la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en Brasil, por lo que, para la emisión de dicho certificado, las empresas deberán solicitarán el Registro de Producto Elegible a través de la VUCEM, para lo cual deberán contar con la información que acredite que la autoparte fue destinada al ensamble de un vehículo.
Para dudas o aclaraciones se pone a disposición la siguiente cuenta de correo electrónico:
Entrada en vigor: 24 de julio de 2024
Se adjunta oficio de las DGFCCE y circular CLAA para su consulta.
ESTÍMULOS FISCALES.
IEPS – ENAJENACIÓN DE GASOLINAS.
Se dan a conocer los porcentajes y montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del IEPS aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 27 de julio al 02 de agosto de 2024, como sigue:
Combustibles automotrices:
Combustible | Porcentaje de Estímulo |
Gasolina menor a 91 octanos | 5.64% |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
0.00% |
Diésel | 0.00% |
Combustible | Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.3485 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Combustible | Cuota (pesos/litro) |
Gasolina menor a 91 octanos | $5.8267 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$5.2146 |
Diésel | $6.7865 |
Combustible | Cantidad por litro (pesos) |
Gasolina menor a 91 octanos | $0.0000 |
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y
combustibles no fósiles |
$0.0000 |
Diésel | $0.0000 |
Compartimos también el Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de julio al 02 de agosto de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en la publicación adjunta.
Asimismo, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales en materia de IEPS, aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, durante el período comprendido del 27 de julio al 02 de agosto de 2024, de conformidad con los lineamientos establecidos en dicha publicación.
Se adjuntan Acuerdos para su consulta.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
RESOLUCIÓN INICIO EXAMEN DE VIGENCIA C.C. METOPROLOL TARTRATO, INDIA.
Producto | Metoprolol tartrato |
Tipo de Resolución | Resolución de inicio de examen de vigencia de Cuota Compensatoria (C.C.) |
Fracciones arancelarias | 2922.19.99 de la TIGIE, o por cualquier otra |
Origen | India. |
Periodo de examen | Del 01 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024 |
Periodo de análisis | Del 01 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2024 |
Resolución | Se mantiene la Cuota Compensatoria de 56.85% |
Periodo para acreditar interés jurídico para presentar argumentos y pruebas. | Las partes interesadas, cuentan con 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar respuesta al formulario oficial, así como presentar argumentos y pruebas que estimen pertinentes.
Obtención del formulario:
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Entrada en vigor | 27 de julio de 2024 |
Adjuntos:
Edson Martínez
Coordinador Gestoría
edson.martinez@radarholding.com