REGULACIONES NO ARANCELARIAS
CATÁLOGO DE MOLINOS PRODUCTORES (actualizado al 17.05.2024).
Hacemos de su conocimiento, que la Secretaría de Economía dio a conocer a través del portal de SNICE, el catálogo de Molinos Productores para llevar a cabo los Avisos de importación de productos siderúrgicos, actualizado al 17 de mayo de 2024.
Se adjunta el catálogo en formato Excel para pronta referencia.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
REVOCACIÓN DE PERMISOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICOS Y PRECURSORES QUÍMICOS.
A través de nuestra Confederación CAAAREM, se da a conocer que la Dirección Ejecutiva de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas (DEREPSQ), de la Comisión de Autorización Sanitaria (CAS), de la COFEPRIS, comunica que las empresas que cuenten con permisos de Importación, Exportación y Adquisición en Plaza de
Estupefacientes, Psicotrópicos y Precursores Químicos sin utilizar, que se encuentren fuera de su fecha de vigencia y que hayan sido emitidos por la DEREPSQ, deben de solicitar a la brevedad la revocación de los mismos considerando lo siguiente:
Tramites ingresados en el Centro Integral de Servicios (CIS), Solicitarán la revocación mediante escrito Libre adjuntando lo siguiente:
- El documento que acredite la personalidad jurídica del promovente, cuando se trate de personas morales o se actúe en representación de otro, o el número de referencia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), o mediante escrito en original y firmado por el Representante Legal previamente acreditado que indique el número de referencia del trámite en el cual se haya acreditado previamente la personalidad jurídica en caso de haber realizado algún otro trámite ante la COFEPRIS y los tres tantos originales para su revocación.
Tramites ingresados por la VUCEM:
- El promovente del permiso solicitará la cancelación a Mesa de Servicio VUCEM al correo electrónico evidenciasms@vucem.mx adjuntando la acreditación jurídica, el documento que acredite la personalidad jurídica del promovente, cuando se trate de personas morales o se actúe en representación de otro, o el número de referencia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), o mediante escrito, el número de referencia del trámite en el que se haya acreditado previamente en algún otro trámite ante la COFEPRIS.
Esta información, tiene la finalidad de que sea difundida entre los importadores, a efecto de dar cumplimiento con lo previsto con la COFEPRIS.
Para mayor referencia, se comparte Circular de CAAAREM G-0118/2024.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS
AJUSTE EN LAS HRZ PARA LA IMPORTACIÓN DE AVES Y PRODUCTOS AVÍCOLAS.
La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria de SENASICA, comunica que derivado de los brotes de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP), en el Estado de Nuevo México en el condado de Roosevelt de los Estados Unidos de América, determinó limitar las restricciones impuestas a la importación de aves y productos avícolas ajustando la leyenda en las Hojas de Requisitos Zoosanitarios.
Para mayor referencia, se comparte Circular G-0119/2024 de CAAAREM y Oficio B00.03.01.01.-11028-2024 de SENASICA.
ADJUNTOS:
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Rocío León
Consultor
rocio.leon@radarholding.com