REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
MODIFICACIÓN ANEXO 2.4.1. – REGLAS Y CRITERIOS DE LA SE.
Como se adelantó mediante el Boletín del pasado 31 de julio, esta mañana la Secretaría de Economía ha dado a conocer a través del DOF el Acuerdo de modificación respecto de Normas Oficiales Mexicanas, por medio del cual se actualizan diversas normas e incorporando otras a las Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior que son emitidas por dicha autoridad.
Se reforman:
Regla 2.4.8
- Se actualiza el listado de fracciones del numeral 3, relacionada con las alternativas que el importador tiene para comprobar el cumplimiento de las NOM de información comercial.
- En lo concerniente al quinto párrafo de la citada regla, se complementa el texto haciendo la precisión “respecto de tres o más omisiones” para los casos en los que las unidades de verificación o inspección no lleven a cabo las notificaciones en el tiempo previsto.
Anexo 2.4.1
- Numerales 1 y 3, se agregan acotaciones de excepción para mercancía ubicada dentro de las fracciones I y IX de los numerales en comento.
Las modificaciones relativas al cumplimiento de la NOM-116-SCFI-2018 y la NOM-116- STPS-2009 entran en vigor a los 15 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF.
Las modificaciones relativas al cumplimiento de las NOM-225-SCFI-2019, NOM-003- ENER-2021, NOM-012-ENER-2019 y NOM-140-SCFI-2017 entran en vigor a los 30 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF.
Las modificaciones relativas al cumplimiento de la NOM-027-ENER/SCFI-2018, entran en vigor a los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF
En relación con los certificados de la NOM-086/1-SCFI-2011 LLANTAS NUEVAS PARA CAMION (cancelada) que se hayan emitido previo a la entrada en vigor de la NOM-086/1-SCFI-2011continuarán vigentes hasta su término.
Entrada en vigor: 29 de agosto de 2024.
Se comparte el Acuerdo para su consulta.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE CLAVOS DE ACERO PARA CONCRETO, ORIGEN CHINA.
Producto | Clavos de acero para concreto |
Tipo de Resolución | Resolución final |
Fracciones arancelarias | 7317.00.99 de la TIGIE, o por cualquier otra |
Origen | China |
Cuota compensatoria | Definitiva del 31% |
Entrada en vigor | 29 de agosto de 2024 |
Se comparte el Resolución para su consulta.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE MICROALAMBRA PARA SOLDAR, ORIGEN CHINA.
Producto | Microalambre para soldar |
Tipo de Resolución | Resolución final |
Fracciones arancelarias | 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, o por cualquier otra |
Origen | China |
Resolución | Cuota Compensatoria del 18.97% |
Vigencia | Cinco años más contados a partir del 06 de octubre de 2023 |
Entrada en vigor | 29 de agosto de 2024 |
Se comparte el Resolución para su consulta.
REGULACIONES NO ARANCELARIAS.
RESOLUCIÓN FINAL INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING IMPORTACIONES DE FERROMANGANESO, ORIGEN CHINA.
Producto | Ferromanganeso |
Tipo de Resolución | Resolución final |
Fracciones arancelarias | 7202.11.01 y 9802.00.13 de la TIGIE, o por cualquier otra |
Origen | China |
Resolución | Cuota Compensatoria del 21% |
Vigencia | Cinco años más contados a partir del 26 de septiembre de 2023 |
Entrada en vigor | 29 de agosto de 2024 |
Se comparte el Resolución para su consulta.
Adjuntos
SIN PUBLICACIONES
Edson Martínez
Coordinador Gestoría
edson.martinez@radarholding.com